El dinero de las sillas

Reproducimos este artículo de Alberto García Reyes, publicado en la web cofrade de ABC de Sevilla, sobre la polémica de la devolución del dinero de las sillas de las carreras oficiales de nuestra Semana Santa. Aunque el periodista se refiere a Sevilla, sus ideas son claves para cualquier otra provincia.

El dinero de las sillas en cuatro claves

El debate es interesante y, además, necesario. Pero las posturas categóricas no tienen ningún sentido en el asunto de las sillas de la carrera oficial de la Semana Santa de este año. ¿Tiene el Consejo de Cofradías la obligación de devolver el dinero a los abonados? La contestación tiene muchas aristas, pero ninguna de ellas coincide con la reivindicación que ha hecho Facua, un organismo absolutamente politizado que ha llevado a cabo una campaña contra la institución sevillana que se basa en varios postulados falsos. El dilema se resuelve con cuatro claves.

1. ¿Es la Semana Santa un espectáculo público? La Dirección General de Espectáculos Públicos de la Junta de Andalucía se lo ha aclarado a Facua sin ambages. No lo es. La Semana Santa es un acontecimiento religioso y, por lo tanto, no se rige por la Ley de Espectáculos. Esto quiere decir que la reclamación del dinero usando este argumento no sirve.

2. ¿Qué dice el Código Civil? El artículo 1124 al que aluden quienes defienden la devolución dice lo siguiente: «La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe». Este lenguaje jurídico tiene una traducción sencilla. Si uno de los dos participantes en un acuerdo no lo cumple, el otro tiene derecho a recuperar su parte. Pero esto también está resuelto en el artículo 6 del Reglamento de Sillas y Palcos del Consejo de Cofradías, un documento que los abonados firman cada vez que renuevan su derecho de preferencia: «La suspensión de alguna o de todas las estaciones de penitencia por causa meteorológica o por cualquier otro motivo, no dará derecho a devolución alguna de dicha aportación». Esto se acuerda entre las dos partes porque lo que se paga realmente es un donativo para las hermandades a cambio de conservar el derecho a la silla cada año.

3. Si no es un espectáculo, ¿por qué se paga el IVA? Esta es una discusión que tiene más de 20 años de vida. Durante el Gobierno de Aznar ya se decretó que la Semana Santa no es un espectáculo, por lo que el pago de las sillas quedó exento de este impuesto. Años después, el ministro Cristóbal Montoro cambió el criterio a través de una resolución que se archivó y nunca se aplicó. Sin embargo, tras una consulta realizada desde Murcia, la ministra María Jesús Montero encontró este dictamen, aún vigente, y ha ordenado el cobro. Ningún consejo de cofradías lo comparte aludiendo al carácter religioso de la Semana Santa, pero las delegaciones de Hacienda han obligado al pago. Por esta razón, el Consejo de Sevilla lo ha aplicado, ya que no puede declararse insumiso, pero también ha anunciado que reclamará judicialmente la devolución y, en su caso, reingresará este desembolso extra a los abonados. Por lo tanto, no hay contradicción. Sólo hay cumplimiento de la orden de la administración pública.

4. ¿Qué debe hacer el Consejo? Debe devolver el dinero a quien lo reclame, pero por su compromiso moral con los cofrades en unas circunstancias tan excepcionales, no por imposición legal. Es decir, por su voluntad, no por exigencia de Facua, que ha usado a los abonados para su campaña particular.

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