Nota hermandad:
Con la autorización de la Vicaría General de Hermandades del Arzobispado de Granada, respetando estrictamente los aforos permitidos y cumpliendo escrupulosamente la medidas higiénico – sanitarias en vigor, nuestra Hermandad celebrará el próximo viernes 25 de junio a partir de las 19:30 h en la Iglesia de San Pedro y San Pablo el Cabildo Ordinario de Aprobación de Cuentas que hubo de ser pospuesto al comienzo de este año a causa de la pandemia con el siguiente Orden del Día:
· Preces iniciales y punto doctrinal.
· Lectura y aprobación del acta anterior si procede.
· Informe del Hermano Mayor.
· Informe de Tesorería. Aprobación de cuentas del ejercicio 2020 y presentación del presupuesto para el ejercicio 2021.
· Ruegos y preguntas.
· Preces finales.
Este mismo día, a la conclusión del Cabildo Ordinario, se celebrará Cabildo Extraordinario de Elección de Hermano Mayor con el siguiente orden del día:
· Preces iniciales.
· Constitución de la mesa electoral.
· Votación, permaneciendo abierta hasta las 22:00 h.
· Escrutinio y aprobación si procede del acta con los resultados de la votación.
· Preces finales.
Una vez concluido el actual mandato del Hermano Mayor, el Arzobispado de Granada ha autorizado la apertura del proceso electoral para la renovación de este cargo; el cual se regirá por la siguiente normativa y calendario electoral:
1. Derecho a voto: serán electores todos los hermanos activos que a la fecha de celebración del cabildo de elecciones tengan 18 años cumplidos, cuenten con 1 año de antigüedad en la Hermandad y estén al corriente de pago de su cuota de hermano. Durante el periodo de revisión del Censo, que se establece a continuación, aquellos con cuotas pendientes podrán abonarlas siendo incluidos en este.
2. Censo Electoral: los hermanospodrán consultar su inclusión en el Censo Electoral y presentar las oportunas alegaciones al mismo los días 28 de mayo, 4, 11 y 18 de junio en el Salón Parroquial de San Pedro y San Pablo en horario de 18:30 h a 20:30 h. La consulta de los datos personales, por imperativo de la ley civil en vigor sobre la materia, sólo podrá hacerse de modo personal y en ningún caso se podrá acceder, consultar o rectificar datos de terceros. Concluido este plazo y cerrado el censo, solamente podrán ejercer su derecho al voto aquellos que se encuentren incluidos en el mismo.
3. Presentación de candidaturas: se entregarán en el Salón Parroquial de San Pedro y San Pablo en el mismo periodo de exposición del Censo Electoral. Son miembros elegibles los hermanos activos que reúnan las siguientes condiciones: a) Ser Hermano Activo con cuatro años de antigüedad como mínimo. b) Tener domicilio en la Diócesis, adquirido conforme a lo dispuesto en el can. 102, 1, salvo que el Ordinario determine otra cosa. c) No pertenecer a la Junta de Gobierno de otra Hermandad. d) No desempeñar cargos de autoridad ejecutiva nacional, autonómica, provincial o municipal en el terreno político.
4. Voto delegado: aquellos hermanos que no puedan ejercer su derecho al voto de forma presencial podrán delegarlo en otro hermano que deberá presentar la autorización que se adjunta y fotocopia del DNI del interesado. Solamente se admitirá la presentación de un voto delegado por cada hermano que asista al Cabildo. Por indicación de la Vicaría de Hermandades no se admitirá el voto por correo, por no estar conforme a lo establecido en el Código de Derecho Canónico, ni expresamente permitido en el Estatuto Marco, ni en las normas estatutarias.